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Normatividad

RAR N° D000157-2020-GRC-DRA

28 de Diciembre de 2020

ARTÍCULO PRIMERO:- RECONOCER el Crédito No Devengado a favor del proveedor empresa de agregados CUCHUCASHUA S.AC., debidamente representado por el señor WILLAN HUAMAN VASQUEZ, por concepto de “Adquisición de mobiliario para los servicios de atención Integral para los niños, niñas y adolescentes en la Aldea Infantil San Antonio del distrito de Cajamarca”; por la suma ascendente a S/ 31, 955.00 (Treinta y un mil novecientos cincuenta y cinco con 00/100 soles).