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Normatividad

RGGR D288-2026-GR.CAJ-GGR

26 de Junio de 2026

ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR la Prestación Adicional de Obra N° 02 con Deductivo Vinculante N° 01 al Contrato N° 006-2025-GRCAJ-GGR, derivado de la Licitación Pública N° 011-2024-GRCAJ – Primera Convocatoria; cuyo objeto es la ejecución de la obra: "MEJORAMIENTO DE LA RUTA TRAMO: NAMORA – LAGUNA SAN NICOLAS- EMPALME PE -3N, - DISTRITO DE JESUS - PROVINCIA DE CAJAMARCA – REGIÓN CAJAMARCA, - DISTRITO DE NAMORA - PROVINCIA DE CAJAMARCA – REGIÓN CAJAMARCA”, contenido en el Expediente de Adicional de Obra N° 02 y Deductivo Vinculante de Obra N° 01, aprobado con Resolución Gerencial Regional N° D63-2026-GR.CAJ/GRI, de fecha 16 de junio de 2026, mismo que ha sido elaborado y presentado por el CONSORCIO VIAL DEL NORTE y encontrado conforme por el Supervisor de Obra, mediante Informe N° 022-2026-OBCR/JS/CONSORCIO SUPERVISOR MC, contenido en la Carta N° 051-2026-OBCR/RC/CONSORCIO SUPERVISOR MC, y la Gerencia Regional de Infraestructura, mediante Oficio N° D646-2026-GR.CAJ/GRI; por la causal de deficiencias del expediente técnico, contenida en el numeral 34.5 del Art. 34 de la Ley N° 30225, tal y como se advierte de los fundamentos de la resolución en comento; siendo el PRESUPUESTO ADICIONAL DE OBRA N° 02: S/ 779 038.17 (Setecientos setenta y nueve mil treinta y ocho con 17/100 soles) inc. IGV, PRESUPUESTO DEDUCTIVO VINCULANTE DE OBRA N° 01: S/ 139 224.83 (Ciento treinta y nueve mil doscientos veinticuatro con 83/100 soles) inc. IGV, ADICIONAL NETO N° 02: S/ 639 813.34 (Seiscientos treinta y nueve mil ochocientos trece con 34/100 soles, inc. IGV); el cual representa una incidencia de 2.00% sobre el monto contratado.