Normatividad
RGGR D231-2026-GR.CAJ-GGR
22 de Mayo de 2026
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, la ejecución del Adicional de Obra N° 1 del proyecto: "Mejoramiento de la ruta tramo: Namora-Laguna San Nicolás-Empalme PE-3N, - Distrito de Jesús – Provincia de Cajamarca – Región Cajamarca” – CUI 2384857, contenido en el expediente de adicional de obra N° 1, aprobado mediante RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL N° D11-2026-GR.CAJ/GRI de fecha 16 de enero 2026, mismo que fue elaborado por el CONSORCIO VÍAL CAJAMARCA y encontrado conforme por la supervisión “CONSORCIO SUPERVISOR MC”, la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidaciones y la Gerencia Regional de Infraestructura mediante, INFORME TECNICO N°D5-2026-GR.CAJ-GRI/SGSL de fecha 12 de enero de 2026 y Oficio N° D 25 7-2026-GR.CAJ-GRI/SGSL, de fecha 31 de marzo de 2026; y, por la Gerencia Regional de Infraestructura mediante Oficio N° D340-2026-GR.CAJ/GRI; por causas que no son previsibles en el expediente técnico de obra y que no son responsabilidad del contratista, contenida en el numeral 34.5 del Art. 34 de la Ley N° 30225, así como en el numeral 2.1.1 literal b) de la Directiva N.° 09-2022-GR.CAJ- GGR, la misma que ha sido expresamente ratificada mediante Informe N.° 014-2026-OBCR/JS/CONSORCIO SUPERVISOR MC, Informe Técnico N.° D17-2026-GR.CAJ-GRI/SGSL y avalada por la Gerencia Regional de Infraestructura a través del Oficio N° D545-2026-GR.CAJ/GRI; tal y como se advierte de los fundamentos de la resolución en comento; siendo el presupuesto del citado expediente como sigue: PRESUPUESTO ADICIONAL DE OBRA N° 01: S/ 390, 386. 40 (Trescientos noventa mil trescientos ochenta y seis con 40/100 soles) inc. IGV, el cual representa una incidencia de 1. 22% sobre el monto contratado, con un plazo de ejecución de 30 días calendario.
