Normatividad
RER N° 309-2019-GR.CAJ/GR
21 de Mayo de 2019
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR la Nulidad de Oficio del Contrato N° 025-2018-GR.CAJ-DRA, derivado del procedimiento de Selección Adjudicación Simplificada N° 016-2018-GR.CAJ — Procedimiento Electrónico - Primera Convocatoria, cuyo objeto es la contratación para el Servicio de Supervisión de la Formulación del Estudio de Pre Inversión a Nivel de Perfil de la "Construcción del Sistema de Represamiento en la Microcuenca Dos Ríos y Mejoramiento de los canales de Riego: Dos Ríos, Huayrapongo, Augusto e Iglesias, C.P Udima, Distrito de Catache, Provincia de Santa Cruz, región Cajamarca"; por el monto de S/. 166,650.00 (Ciento Sesenta y Seis Mil Seiscientos Cincuenta con 00/100 Soles), en un plazo de ejecución de Ciento Cincuenta (150) días calendario; suscrito con CONSORCIO CAJAMARCA, integrado por: a) Andico Ingenieros S.R.L y b) Quiroz Ayasta Julio César; por ende NULA Y SIN EFECTO LEGAL el citado Contrato, por la transgresión del literal b) del Segundo párrafo del Numeral 44.2 del Art. 44° de la Ley de Contrataciones del Estado, donde establece textualmente: b) Cuando se verifique la transgresión del principio de presunción de veracidad durante el procedimiento de selección o para el perfeccionamiento del contrato, previo descargo".