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Normatividad

RER N° D425-2025-GR.CAJGR

28 de Noviembre de 2025

SE RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: RECONOCER, POR MANDATO JUDICIAL, a favor de los demandantes, José Wilmer Vásquez Gonzales, como servidor contratado permanente bajo el régimen del D. Leg. 276, en el cargo de Técnico Administrativo III, categoría STA; Gilmer Ruiz Bustamante, como servidor contratado permanente bajo el régimen del D. Leg. 276, en el cargo de Técnico Administrativo III, categoría STA; y, Joselito Medina Ochoa, como servidor contratado permanente bajo el régimen del D. Leg. 276, en el cargo de Auxiliar Administrativo, categoría SAD, el pago continuo de CAFAE, según su nivel de servidor de nivel TÉCNICOS y AUXILIARES-STA y SAD, establecido en la Directiva N.° 01-2009-GRC.CAJ/DRA y que el monto que debe percibir sea el mismo que percibe un servidor del Gobierno Regional de Cajamarca con el nivel de Técnico Administrativo III (STA) y Auxiliar Administrativo (SAD), según dicha directiva, pues desde el mes de setiembre de 2023 viene aplicándose los montos establecidos en ésta, de S/ 3,099.00 y S/ 2,899.00, respectivamente.