Normatividad
RER N° D411-2025-GR.CAJGR
14 de Noviembre de 2025
Artículo Primero.- DECLARAR INFUNDADA la solicitud planteada por los servidores de la Agencia Agraria San Ignacio: Hernando Díaz Delgado, Remigio Heredia Medina, Antonio Córdova López, Alexander Abad Roncal Pérez (representado por su sucesión Alex Roncal Vargas), Segundo Cubas Becerra (representado por su sucesión José Luis Cubas Contreras, Analí del Pilar Cubas Contreras, Carlos Iván Cuba Contreras y su cónyuge supértite Flormira Contreras Guevara), a su vez, los servidores CESANTES de la Agencia Agraria San Ignacio: Cristina Angélica Vassallo Tenorio y Agencia Agraria Jaén: Jorge Antonio Chamane Cabrejos y Jorge Riveros Contreras (representado por su sucesión Adria Olivera Dávila, Ana Marilí Riveros Olivera y Clarita Madaleidy Riveros Olivera), sobre el Otorgamiento Permanente del Incentivo Laboral con cargo al Fondo de Asistencia y Estimulo conforme a los mismos importes que perciben los Funcionarios y Servidores de la Sede Central del Gobierno Regional de Cajamarca, así como el pago de los reintegros desde enero del 2009 hasta la emisión de la resolución del reconocimiento del derecho en caso de los activos; pero en caso de los cesantes hasta la fecha de cese, de acuerdo a las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
