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Normatividad

RGGR N° 106-2019-GR.CAJ/GGR

20 de Mayo de 2019

ARTÍCULO PRIMERO: DELEGACIÓN DE FACULTADES.- Delegar a partir de la fecha, al Director (a) de la Oficina de Personal, las siguientes facultades: a) Suscribir los Contratos por servicios personales y concluirlos (de ser el caso) del personal comprendido en el Régimen Laboral del Decreto Legislativo N° 276. Esta facultad no incluye la de efectuar nombramientos o designaciones en cargos de confianza, ni en cargos de libre designación o remisión por parte del Titular de la Entidad. b) Suscribir los Contratos, Adendas y Cartas de no renovación del Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios - CAS, derivados del Decreto Legislativo N° 1057 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM y modificatorias. ARTÍCULO SEGUNDO: OBSERVANCIA DE LOS REQUISITOS LEGALES.- La presente delegación de facultades comprende las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto. ARTÍCULO TERCERO: INFORMACIÓN SEMESTRAL.- El (la) Director (a) de Personal, a quien se le delega facultades mediante la presente Resolución de Gerencia General Regional, deberá informar semestralmente, bajo responsabilidad, sobre el ejercicio de las facultades delegadas, dentro de los cinco (5) primeros días hábiles siguientes al vencimiento de cada semestre.