Normatividad
RGGR N° D268-2024-GR.CAJ/GGR
30 de Julio de 2024
ARTICULO PRIMERO.- APROBAR, la Prestación Adicional de Obra N° 01 del proyecto: "MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO ESCOLARIZADO DE NIVEL SECUNDARIO DE LA I.E MARIO FLORIAN EN LA LOCALIDAD DE QUILLINSHACUCHO, DEL DISTRITO DE BAMBAMARCA, PROVINCIA DE HUALGAYOC, REGIÓN CAJAMARCA" – CUI N° 2315023, contenida en el Expediente de Adicional de Obra N° 01 y Deductivo Vinculante de Obra N° 01, aprobado con Resolución Gerencial Regional N° D37-2024-GR.CAJ/GRI, de fecha 01 de julio de 2024, mismo que ha sido elaborado por la empresa contratista – CONSORCIO SAN MIGUEL CAJAMARCA, revisado y encontrado conforme por el supervisor de obra – Ing. Juan Carlos Cáceres Castro, siendo la causal según lo informado por el Sub Gerente de Supervisión y Liquidaciones, en el Informe N° D44-2024-GR.CAJ-GRI/SGSL, de fecha 16 de julio de 2024, causas no previsibles en el expediente técnico de obra y que no son responsabilidad del contratista, de acuerdo a la causal establecida en el numeral 34.5 del Art. 34° del TUO de la Ley de Contrataciones del Estado, siendo que el límite se encuentra regulado en el numeral 34.4 del mismo cuerpo normativo; tal y como se advierte de los fundamentos de la resolución en comento y del Expediente de Adicional de Obra N° 01 y Deductivo Vinculante de Obra N° 01, siendo el Presupuesto de la Prestación Adicional de Obra N° 01, por el monto de S/. 255,557.395 (Doscientos Cincuenta y Cinco Mil Quinientos Cincuenta y Siete con 39/100 soles), incluido el IGV, con una incidencia porcentual de 4.67%, con relación al monto del contrato original, el mismo que se encuentra dentro del margen establecido por la normatividad vigente aplicable.