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Normatividad

RGGR N° D237- 2024-GR.CAJ-GGR

8 de Julio de 2024

ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR PRESCRITAS las acciones administrativas disciplinarias en contra el señor ELVIS OSIRIS SILVA CONDOR, en su calidad de Director Regional de Administración y la señora ROCÍO ELIZABETH SALAZAR CHERO, en su calidad de Directora de Personal del Gobierno Regional de Cajamarca, por la presunta comisión de la falta prevista en el Artículo 85° inciso q) de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, que data sobre: “q) Las demás que señalen la Ley”, concordante con el Artículo 100° del Reglamento de la Ley del Servicio Civil, por la vulneración del numeral 1) del artículo 6° de la Ley N° 27815 - Ley del Código de Ética de la Función Pública, que prescribe: “El servidor público actúa de acuerdo a los siguientes principios: 1. Respeto.- Adecua su conducta hacia el respeto de la Constitución y las Leyes, garantizando que en todas las fases del proceso de toma de decisiones o en el cumplimiento de los procedimientos administrativos, se respeten los derechos a la defensa y al debido procedimiento.”, por cuanto el Director de Administración habría emitido un acto resolutivo que contaba con la visación de la Directora de Personal, contraviniendo las disposiciones que regulan el régimen previsional del Decreto Ley N° 20530 dispuestas en la STC 050-2004-AI/TC; en atención a los fundamentos expuestos en la parte considerativa; ARCHÍVESE como corresponda.