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Normatividad

RGGR N° D152- 2023-GR.CAJ-GGR

16 de Mayo de 2023

ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR PRESCRITAS las acciones administrativas disciplinarias en contra del señor EDGARD LINO YOPLA QUISPE, Director de Prevención y Solución de Conflictos de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Cajamarca, omisiones contenidas en el Exp. 377-2015-GR.CAJ-DRTPE/DPSC derivadas de la prescripción y cumplimiento del tiempo límite para determinar la existencia de infracciones administrativas y posibles sanciones, en el Artículo 85°, literal d) “La negligencia en el desempeño de las funciones” de la Ley N° 30057-Ley del Servicio Civil, por el incumplimiento de su función específica como Director de Prevención y Solución de Conflictos de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, donde en el numeral 2.3. Órgano de Línea, A. Dirección de Prevención y Solución de Conflictos, establece como función general: “j) Programar, supervisar y evaluar las inspecciones de trabajo, así como la inspección técnica especializada de seguridad y salud en el trabajo.”, regulada en el Manual de Organización de Funciones de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo11, y que se encuentren prescritas las actuaciones administrativas sancionadoras de la Dirección Regional de trabajo y Promoción del Empleo Cajamarca, en atención a los fundamentos expuestos en la parte considerativa; ARCHÍVESE como corresponda.