Normatividad
RGGR N° D49-2022-GR.CAJ-GGR-DRAJ
28 de Febrero de 2022
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR, la Nulidad de Oficio del acto administrativo contenido en la Resolución Gerencial Regional N° D35-2022-GRC-GRI-DRAJ, de fecha 15 de febrero de 2022, de la Gerencia Regional de Infraestructura, la cual Aprobó el Expediente Técnico del Adicional de Obra y Deductivo Vinculante de Obra N° 01 de la intervención: “Recuperación de los servicios del Puesto de Salud Las Palmas de Tinyayoc, distrito de Cutervo, provincia de Cutervo, región Cajamarca – código ARCC 7662”, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, al encontrarse inmerso en los presupuestos de nulidad de los actos administrativos establecidos en el artículo 10 del TUO de la Ley N° 27444 – Ley General del Procedimiento Administrativo General, “1. La contravención a la Constitución, a las leyes o a las normas reglamentarias. 2. El defecto o la omisión de alguno de sus requisitos de validez (...)”; de conformidad con lo establecido en el numeral 213.1 del artículo 213 de la norma antes acotada. En consecuencia, NULA Y SIN EFECTO LEGAL la resolución en comento.