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Normatividad

RAR N° D000127-2021-GRC-DRA

19 de Noviembre de 2021

ARTÍCULO PRIMERO:- RECONOCER LA DEUDA BAJO LA CAUSAL DE ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA Y SU ABONO a favor de la empresa GRUPO JIMATH S.A.C, debidamente representado por el señor EDGAR GASTON FIESTAS AGUILAR, con RUC N° 20559807568, por la “Adquisición de equipos de computacionales para el Concurso Escolar Regional Vida y Obra de José Egúsquiza, organizado por la Sub Gerencia de Desarrollo Social y Humano de la Sede del Gobierno Regional”, por el monto de S/ 41,127.58 (Cuarenta y un mil ciento veintisiete con 58/100 soles); por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.